¿Cómo Realizar la Constitución de una Sociedad en México? [Preguntas Frecuentes + Guía]

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constitución de una sociedad

La constitución de una sociedad es el primer paso para materializar y concretar nuestra idea de emprendimiento, al cumplir con este requisito, pasaremos a poseer una entidad legalizada, lo que inmediatamente nos abrirá las puertas a muchas posibilidades de crecimiento.

¿Qué es una sociedad empresarial?

Una sociedad empresarial es una sociedad que realizan individuos para formar una persona moral, y con ella ejercer actos de comercio o cualquier actividad sujeta a derecho comercial.

Estas sociedades se caracterizan por poseer un patrimonio propio que es común para sus socios, lo que significa que las ganancias y las pérdidas se asumen en igualdad para todos.

Otras características que se pueden destacar de este tipo de sociedad son:

  • Se conforma con personas quienes poseen intereses de negocios comunes
  • Todos los socios asumen en igualdad de condiciones las ganancias y pérdidas
  • En la construcción de una sociedad sus miembros deben hacer aportes al patrimonio de la empresa, los cuales pueden ser a través de bienes, capital o trabajo
  • Al constituirse se establecen estatutos que determinan los términos bajo los que se regirá la sociedad

[bctt tweet=”La construcción de una sociedad la realizan individuos que poseen objetivos comerciales comunes” username=””]

Tipos de sociedades

Antes de iniciar la constitución de una sociedad empresarial, debemos conocer exactamente cuál de sus tipos es el más conveniente para formarla o también cual tipo es la que se acerca más a los objetivos de nuestra organización.

En México, se definen varios tipos de sociedades mercantiles. Entre ellas podemos encontrar:

  1. Sociedad de nombre colectivo

Es la constitución de una sociedad que existe con una razón social en la que todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.

En este tipo de sociedad existe un mínimo de dos socios pero el máximo es ilimitado. La razón social se forma con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren todos se añadirán las palabras “y compañía” o “equivalentes”. Para su formación no se establece un mínimo de capital.

  1. Sociedad en comandita simple (S.en C)

Se compone de uno o varios socios que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.

Debe tener un número mínimo de dos socios pero no posee límite de socios. Se forma con los nombre de uno o más de los socios, seguidos de las palabras “y compañía” u “otros equivalentes” cuando en ella no figuren los de todos. A la razón social se agregaran simplemente las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C”. Al igual que el anterior no establece un monto mínimo de capital.

La responsabilidad de los socios comanditados es solidaria, subsidiaria e ilimitada, y para los comanditarios depende de sus aportaciones salvo que hayan participado en alguna operación o que de manera habitual administren los negocios de la sociedad.

constitución de una sociedad en méxico

  1. Sociedad en comandita por acciones (S. en C. por A.)

En ella se distinguen 2 tipos de socios los comanditados y comanditarios. El capital se representa en acciones, por lo que no todos los socios están obligados en las mismas responsabilidades. No establece mínimos o máximos en sus socios y tampoco en el monto de capital.

La responsabilidad de los socios comanditados es solidaria, subsidiaria e ilimitada, y para los comanditarios depende de sus aportaciones, salvo que hayan participado en alguna operación o de manera habitual administre los negocios de la sociedad.

  1. Sociedad de responsabilidad limitada

La sociedad es comúnmente utilizada en los negocios, en ella las partes son indivisibles y no pueden estar representadas por títulos negociables. La responsabilidad de los accionistas es limitada, pero no existen limitaciones para el capital. Se realizan a partir de 2 socios y hasta 50.

  1. Sociedad anónima (S.A.)

En esta empresa el capital está representado por acciones y los socios están obligados al pago de ellas en efectivo o especie, para este último la tenencia de las acciones es lo que los acredita como socios.

Se crean con un capital social mínimo de 50 mil. Se forman a partir de dos socios sin restricciones para el máximo. La responsabilidad de los socios es ilimitada.

Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere:

  • Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos.
  • Que el contrato social establezca el monto mínimo del capital social y que esté íntegramente suscrito.
  • Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario.
  • Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.
  1. Sociedad cooperativa (S.C.)

Todos los socios pertenecen a la clase trabajadora, se conforma por un número mínimo de 5 personas, pero el máximo es ilimitado. Su responsabilidad puede ser limitada o suplementada. No establece un mínimo de capital social pero este siempre debe ser viable.

[bctt tweet=”Dependiendo de los objetivos de la empresa y las características que posea la sociedad se escogerá entre un tipo u otro de sociedad mercantil ” username=””]

La constitución de una sociedad en México

El primer paso para la constitución de una sociedad es la planificación, porque a través de este proceso podremos organizar toda la información requerida para formalizar nuestro emprendimiento.

Lo recomendable es que antes de iniciar la legalización de nuestra sociedad, aclaremos algunos aspectos y reunamos los documentos requeridos, todo esto, para que al momento de empezar tengamos algunos pasos adelantados.

Entre las consideraciones que tendremos para la constitución de una sociedad están:

  • Definir el nombre.

Es aconsejable que antes de la constitución de una sociedad tengamos por lo mínimo tres posibles nombres para nuestra sociedad, esto para evitar atrasos en caso de que ya existan otras organizaciones registradas bajo ese nombre.

  • Los accionistas.

Como acabamos de ver para la mayoría de las sociedades es necesario contar con un mínimo de 2 personas físicas. Por eso si nuestra intención es crear una sociedad debemos buscar a lo mínimo un socio con quien emprender.

De cada uno de los socios deberemos tener sus documentos oficiales de identificación, de los cuales necesitaremos:

  • RFC
  • CURP
  • Identificación oficial vigente (IFE, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar)

De cada documento debemos tener dos fotocopias legibles.

Además de lo anterior vamos a tomar en cuenta los siguientes datos de cada uno de los accionistas

  • Nacionalidad
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • Estado civil
  • Ocupación
  • Domicilio

Cuando se trata de personas morales necesitaremos los siguientes documentos:

  • RFC
  • Documento de constitución de la sociedad
  • Poder del representante legal

Adicional a lo anterior vamos a necesitar los siguientes datos del representante legal:

  • Nacionalidad
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • Estado civil
  • Ocupación
  • Domicilio
  • RFC
  • CURP

  • La administración

En la construcción de una sociedad debemos nombrar un responsable de administración, es decir, alguien que se encargue de la administración completa de la empresa.

Esta figura puede llevarla un consejo de administración que estará formado por dos o más personas. También se puede elegir un administrador único, quien puede ser uno de los accionistas o una persona de total confianza de los mismos.

Luego de establecer el administrador o consejo de administración, vamos a elegir un comisario que se encargará de que la administración de la empresa vaya de forma correcta. Se recomienda para este puesto a un contador de confianza.

  • De los poderes

A través de los poderes garantizamos que las necesidades de la empresa sean cubiertas de forma oportuna. Se debe definir entre las personas físicas quienes serán los responsables de los poderes y que facultades se le otorgara con cada uno de ellos.

  • De la sociedad

También es necesario que para la constitución de una sociedad se establezcan algunos aspectos como el domicilio. Debemos tener presente que las organizaciones poseen dos tipos de domicilios:

  • El social. Es donde ubican las oficinas
  • El fiscal. Es al que se factura y que se encuentra donde se localiza la administración

Aunque se pueden elegir distintas localidades para cada uno, ambos pueden encontrarse en el mismo sitio.

También es importante tener muy claro el objeto de la sociedad, es decir, a que se dedica la empresa, el capital social y la distribución entre cada uno de los socios.

  • El tipo de sociedad

Por último vamos a definir el tipo de sociedad que vamos a desarrollar. Escoger entre unas u otras dependerá del tipo de actividad que se pretendan desempeñar con la organización.

Trámites y requisitos para la constitución de una sociedad

Para facilitarte el trabajo a continuación te presentamos algunos de los trámites y requisitos que debes realizar para la conformación de una sociedad:

  • La escritura constitutiva de la sociedad.

Este documento será el que se presente ante el notario. La escritura constitutiva para la constitución de una sociedad debe poseer:

  • Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad
  • El objeto de la sociedad
  • Su razón social o denominación
  • Su duración, misma que podrá ser indefinida
  • El importe del capital social
  • La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije
  • El domicilio de la sociedad
  • La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores
  • El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social
  • La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la  sociedad
  • El importe del fondo de reserva
  • Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente
  • Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente.

Cuando se trate de una sociedad anónima además de los datos anteriores, la escritura constitutiva debe poseer:

  • La parte exhibida del capital social
  • El número, valor nominal y naturaleza de la acciones en que se divide el capital social
  • La forma y términos en que deba pagarse la parte insoluta de las acciones
  • La participación en las utilidades concedidas a los fundadores
  • El nombramiento de uno o varios comisarios
  • Las facultades de la Asamblea General y las condiciones para la validez de sus deliberaciones, así como para el ejercicio del derecho de voto, en cuanto las disposiciones legales puedan ser modificadas por la voluntad de los socios.

Trámites

Según las disposiciones legales mexicanas para la constitución de una sociedad se deben cumplir con los siguientes trámites:

    • Permiso para constituirse como persona moral. Que se solicita ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). Donde se van a sugerir cinco posibles denominaciones sociales en orden de preferencia para la empresa. Esto se lleva a cabo para asegurarse de que no existe alguna empresa con la misma denominación social.
    • Creación y Protocolización del Acta Constitutiva. Al tener la denominación social aprobada por el SRE se pasa a la creación del acta constitutiva donde se especificará: la denominación social, objetivo, tipo de empresa, administración y control de la misma, duración, entre otros. Una vez creada la empresa se debe protocolizar dicha Acta Constitutiva ante Notario Público o Corredor.
    • Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Una vez el Acta Constitutiva esté completamente creada y legalizada, se procede a la inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). De este registro se obtiene la Cédula Fiscal que contiene el número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
    • Inscripción del Acta Constitutiva (Excepto Sociedades Anónimas, ya que el notario realiza el trámite). Asiste al Registro Público de la Propiedad y el Comercio para solicitarla.
    • Aviso Notarial a la Secretaría de Relaciones Exteriores. Trámite realizado por el Notario o Corredor Público.
    • Presentación ante el registro público de la propiedad y del comercio. Este paso también lo realiza el Corredor o Notario quien lo debe presentar ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Se inscribirá la empresa y los bienes inmuebles que la conforman, así como sus fines, objetivos y metas comerciales.
    • Inscripción de la Empresa. Se realiza ante la Tesorería General del Estado.
    • Solicitud de Uso de Suelo y/o Construcción. Éste se podrá obtener en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.
    • lnscripción ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT). Este trámite consta de dos etapas, ya que el empresario debe registrarse como patrón y además inscribir a los trabajadores.

Por otro lado, si participa en inversión extranjera directa, adicionalmente se tendrá que:

      • Asistir a la Secretaría de Economía para pedir un Registro de Inversión Extranjera.
      • Solicitar en la Comisión Nacional de Inversión Extranjera una autorización para todos aquellos giros que no entran en el esquema automático.

Inscripción ante los demás organismos requeridos:

    • Dependiendo del tipo de empresa, se puede requerir la inscripción a distintos organismos siendo los más comunes: Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, etc. En este punto también entran los permisos municipales o estatales requeridos según la zona geográfica.
Llego el momento de constituir una sociedad

Preguntas frecuentes

Cuando nos embarcamos en la misión de formalizar nuestro emprendimiento y queremos realizar la constitución de una sociedad empresarial, inmediatamente surgen miles de preguntas.

Para ayudarte a dar respuesta a algunas de ellas, a continuación te presentamos las más comunes:

¿A quien busco por asesoría para la constitución de una sociedad?

Puedes contactar con un abogado que posea experiencia en constitución de sociedades.  De igual forma, existen empresas que se dedican a este tipo de servicios con quienes puedes ponerte en contacto para asesoría durante los trámites.

¿Cuál es la ventaja de formar una sociedad empresarial?

Su principal ventaja  es que permite reunir la mayor cantidad de capital para para desarrollar negocios. Por ejemplo, facilita la adquisición de créditos ante las entidades bancarias.

También podemos destacar que una empresa constituida genera en el cliente mayor confianza a la hora de escoger entre un servicio particular y el de una empresa consolidada.

¿Qué es un comisario?

En la construcción de una sociedad el comisario es la persona que vigila el correcto funcionamiento de la sociedad. Esta figura no puede ser miembro del órgano de administración ni pariente con-sanguíneo de los administradores.

¿Cuáles son los requerimientos para aumentar el capital de una empresa después de dada de alta?

Si luego de formar nuestra empresa decidimos aumentar su capital, realizaremos  una asamblea ordinaria de accionistas cuando se trate del capital variable y una asamblea extraordinaria en el caso del capital fijo.

Ambas asambleas se deben protocolizar ante un notario e inscribirse en el registro público de comercio. El acta se debe imprimir en el libro corporativo correspondiente.

¿Qué es dar de baja una empresa?

Este término significa liquidar o disolver la empresa. Para  ambos casos se debe llegar a un acuerdo en asamblea extraordinaria de accionistas.

También  se debe nombrar a un liquidador e inscribir la baja en el registro público de comercio así como en el RFC.

[bctt tweet=”La sociedad cooperativa es la única que para constituirse nos pide un mínimo de 5 socios, en el resto el mínimo son 2 ” username=””]

Conclusión

La figura de sociedad nos ofrece grandes oportunidades de desarrollo y crecimiento, entre ellas podemos destacar, la posibilidad de ampliar el capital y acceder a financiamientos bancarios.

Para la constitución de una sociedad necesitamos poseer como mínimo un socio con quien iniciar nuestro emprendimiento. Este debe ser una persona dispuesta a asumir en igualdad de condiciones las ganancias y pérdidas generadas por los trabajos realizados.

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